<?xml version="1.0" encoding="iso-8859-1"?><rss version="2.0">
<!-- Generado by OboLog XML-O-Matic Script -->
<channel>
	<title><![CDATA[Indemnizaciones accidentes de tráfico]]></title>
	<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es</link>
	<description><![CDATA[En este BLOG encontrarás consejos y advertencias útiles para defenderte si has sido víctima de un accidente de tráfico o de un accidente de trabajo  y como conseguir las mayores indemnizaciones por ...]]></description>
	<language>es-es</language>
	<pubDate>Mon, 21 May 2012 01:31:14 +0100</pubDate>
	<lastBuildDate>Mon, 21 May 2012 01:31:14 +0100</lastBuildDate>
	<docs>http://blogs.law.harvard.edu/tech/rss</docs>
	<generator>OboLog XML-O-Matic Script</generator>
	<managingEditor>webmaster@obolog.com</managingEditor>
	<webMaster>webmaster@obolog.com</webMaster>
	<image>
		<url>http://s.obolog.net/img/obolog-blog-gratis.png</url>
		<title><![CDATA[Indemnizaciones accidentes de tráfico]]></title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es</link>
	</image>
	<item>
		<title>Abogados accidentes de tráfico</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-1199487</link>
		<description>
			<![CDATA[
			<p>&nbsp;</p>
<p>1. <strong>&iquest;Para contratar a Indemnizaci&oacute;n por Accidente es necesario pagar una cuota Mensual?</strong><br />En absoluto, la persona que ha sufrido un accidente de tr&aacute;fico o laboral acude a nosotros y a partir de ese momento, no es necesario ser socio previamente ni pagar cuotas posteriormente.&nbsp;</p>
<p>El cliente s&oacute;lo paga cuando cobra su indemnizaci&oacute;n</p>
<p>2. <strong>&iquest;Es necesario adelantar alguna cantidad para cubrir los gastos?</strong><br />No, Indemnizaci&oacute;n por Accidente adelanta todos los gastos del procedimiento</p>
<p>3. <strong>&iquest;Puedo obtener mayor indemnizaci&oacute;n frente a las compa&ntilde;&iacute;as aseguradoras?</strong><br />Indemnizaci&oacute;n por Accidente es una empresa independiente de las compa&ntilde;&iacute;as de seguros y lucha porque sus clientes obtengan una indemnizaci&oacute;n m&aacute;s justa, as&iacute; como una objetiva valoraci&oacute;n de las posibles secuelas que puedan permanecer despu&eacute;s del accidente.</p>
<p>4. <strong>&iquest;Qu&eacute; ventajas ofrece Indemnizaci&oacute;n por Accidente frente a otros bufetes de abogados?</strong><br />Indemnizaci&oacute;n por Accidente est&aacute; especializada y se dedica exclusivamente a las Indemnizaciones de sus clientes, adem&aacute;s de ofrecer la tramitaci&oacute;n de su caso, se ocupa de ofrecer la posibilidad de acceso a una &nbsp;asistencia sanitaria y en caso de problemas en la valoraci&oacute;n de las lesiones disponemos de m&eacute;dicos especialistas en la valoraci&oacute;n del da&ntilde;o corporal</p>
<p>5. <strong>&iquest;Qu&eacute; hace Indemnizaci&oacute;n por Accidente por Ud.?</strong><br />No tiene que preocuparse por nada Indemnizaci&oacute;n por Accidente &nbsp;cuenta con profesionales con larga &nbsp;experiencia en el sector y es el primer interesado en ofrecer un servicio de excelencia y establecer relaciones a largo plazo con sus clientes.</p>
<p>6. <strong>&iquest;Cu&aacute;l es el coste de nuestros servicios?</strong><br />Solamente pagar&aacute; nuestros servicios si Ud. cobra su indemnizaci&oacute;n.<br />Pagar&aacute; un porcentaje sobre la indemnizaci&oacute;n obtenida que se fijar&aacute; en un sencillo contrato con todas las garant&iacute;as que le asisten como consumidor.</p>
<p>7. <strong>&iquest;Qu&eacute; se indemniza en un accidente de tr&aacute;fico?</strong><br />Lesiones permanentes, secuelas.<br />Perjuicios econ&oacute;micos que se puedan acreditar mientras est&aacute; de baja.<br />Incapacidad temporal <br />El fallecimiento<br />Gastos m&eacute;dicos, hospitalarios, etc.</p>
<p>8. <strong>&iquest;Los ocupantes o pasajeros tienen derecho a indemnizaci&oacute;n? </strong><br />Si usted iba de pasajero en un coche o moto y tuvo un accidente, SIEMPRE TIENE DERECHO A UNA INDEMNIZACI&Oacute;N.</p>
<p>9. <strong>&iquest;Qu&eacute; plazo tengo para reclamar?</strong><br />El plazo que tiene es de 6 MESES para interponer la correspondiente denuncia ante la Polic&iacute;a o el Juzgado donde ocurri&oacute; el accidente. Generalmente el procedimiento penal es el m&aacute;s r&aacute;pido y efectivo para obtener la indemnizaci&oacute;n oportuna.</p>
<p>Dispondr&aacute; del plazo de 1 A&Ntilde;O para interponer la demanda ante la jurisdicci&oacute;n civil y en reclamaci&oacute;n de los da&ntilde;os y perjuicios sufridos.</p>
<p>Si pasan estos plazos, no podr&aacute; reclamar nada por ese accidente.<br />Si finalmente es indemnizado y aparecieran nuevas secuelas relacionadas con el mismo accidente, tendr&aacute; un nuevo plazo de 1 a&ntilde;o para reclamar por esas nuevas secuelas.</p>
<p>10. <strong>&iquest;Debe ser mi compa&ntilde;&iacute;a de seguros la que defienda mis derechos?</strong><br />Es recomendable un abogado especializado e independiente a la aseguradora, por los intereses y convenios que pudieran existir entre las compa&ntilde;&iacute;as de seguros implicadas, en Indemnizaci&oacute;n por Accidente se lo gestionamos sin que usted tenga que pagar nada hasta que cobre su indemnizaci&oacute;n y si por cualquier motivo no cobra la indemnizaci&oacute;n, nunca tendr&aacute; que abonarnos nada, en la mayor&iacute;a de los casos su compa&ntilde;&iacute;a de seguros se har&aacute; cargo de parte o de la totalidad de nuestros honorarios.&nbsp;</p>
<p>11. <strong>&iquest;He sido atropellado, que debo hacer?</strong><br />Si le han atropellado, casi siempre tendr&aacute; derecho a recibir una indemnizaci&oacute;n, conforme a la ley por el seguro del veh&iacute;culo culpable o en el caso de no tener seguro se har&aacute; cargo de su indemnizaci&oacute;n el Consorcio de Compensaci&oacute;n de Seguros</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-1199487" title="Abogados accidentes de tráfico">Abogados accidentes de tráfico</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>abogados accidentes de tráfico</category>
				<category>indemnización accidente</category>
				<category>indemnizaciones accidentes de tráfico</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-1199487#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-1199487</guid>
		<pubDate>Fri, 06 May 2011 15:02:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Indemnizaciones accidentes de tráfico</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/indemnizaciones-accidentes-trafico-1175820</link>
		<description>
			<![CDATA[
				<p style='text-align:center'>
					<a href='http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/indemnizaciones-accidentes-trafico-1175820' title="Indemnizaciones accidentes de tráfico"><img src='http://stc.obolog.net/multimedia/fotos/1176000/1175820/1175820-336472_p.jpg' alt=''></a>
				</p>
			<p>Las <strong>indemnizaciones por accidentes de tr&aacute;fico</strong> se calculan en base a unos <a title="Baremos de accidentes" href="http://www.baremo2011.es">baremos de accidentes</a> que establecen unas cantidades por cada d&iacute;a de baja o d&iacute;a impeditivo, por cada d&iacute;a de hospitalizaci&oacute;n y por cada d&iacute;a no impeditivo o de rehabilitaci&oacute;n as&iacute; como unas cantidades por cada punto de secuela. Es decir, las <strong>indemnizaciones</strong> por <strong>accidentes de tr&aacute;fico</strong> se calculan en funci&oacute;n del tiempo de curaci&oacute;n o incapacidad temporal, y en funci&oacute;n de la gravedad de las secuelas o incapacidad permanente, entendiendo como secuelas tanto las f&iacute;siscas, est&eacute;ticas y psicol&oacute;gicas.</p>
<p>Por supuesto a parte de estos dos conceptos b&aacute;sicos, las indemnizaciones por accidentes de tr&aacute;fico tambi&eacute;n incluyen el perjuicio econ&oacute;mico, as&iacute; como otros factores de correcci&oacute;n especialmente cuando se trata de accidentes graves con lesiones importantes que incapacitan para la realizaci&oacute;n del trabajo habitual o requieren de la adaptaci&oacute;n de la vivienda o del veh&iacute;culo propio. En estos casos de lesiones graves y por ende indemnizaciones muy elevadas tambi&eacute;n hay que tener en cuenta la necesidad de ayuda de terceras personas e incluso los da&ntilde;os morales de los familires del lesionado.</p>
<p>En todos los casos, desde las <a title="Cervicalgias" href="http://www.cervicalgias.es">cervicalgias</a> a los <a title="accidentes mortales" href="http://www.accidentemortal.es">accidentes mortales</a> se aconseja contar con el asesoramiento de <a title="Abogados especialistas en accidentes de tr&aacute;fico" href="http://www.indemnizacionporaccidente.com">abogados especialistevidentes y las diferencias entre ambos c&aacute;lculos de indemnizaci&oacute;n son m&aacute;s impactantes...as en accidentes de tr&aacute;fico</a>, aunque es en los casos de <strong>lesiones</strong> m&aacute;s graves cuando las diferencias entre las valoraciones de las lesiones que realizan las aseguradoras y las que realizan los m&eacute;dicos forenses del juzgado o nuestror propios peritos, se hacen m&aacute;s impactantes</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/indemnizaciones-accidentes-trafico-1175820" title="Indemnizaciones accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>abogados especialistas en accidentes de tráfico</category>
				<category>accidentes de tráfico</category>
				<category>indemnizaciones</category>
				<category>indemnizaciones accidentes de trafico</category>
				<category>lesiones</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/indemnizaciones-accidentes-trafico-1175820#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/indemnizaciones-accidentes-trafico-1175820</guid>
		<pubDate>Tue, 08 Mar 2011 10:51:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Abogados Accidentes de tráfico en Madrid</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-madrid-1168123</link>
		<description>
			<![CDATA[
			<p>Si has sufrido un accidente de tr&aacute;fico en Madrid o alrededores no dejes de visitar a Abogados de accidentes de tr&aacute;fico , redcibir&aacute;s un tratamiento personalizado y te facilitar&aacute;n el acceso a cl&iacute;nicas de rehabilitaci&oacute;n acargo de las aseguradoras. Consigue la mejor indemnizaci&oacute;n posible y el mejor tratamiento m&eacute;dico sin coste alguno.</p>
<p>Si eres de fuera de Madrid tambi&eacute;n te pueden tramitar tu reclamaci&oacute;n de tu indemnizaci&oacute;n derivada de acidente de tr&aacute;fico o tambi&eacute;n de accidente laboral. tenemos colaboradores-procuradores en todos las localidades por lo que te podremos prestar un servicio de calidad y personalizado.</p>
<p>Recordar que no hay que pagar nada por adelantado, adem&aacute;s los propios seguros cubren la libre elecci&oacute;n de abogados por lo que la contrataci&oacute;n de <a title="Abogados accidentes de tr&aacute;fico" href="http://www.abogadosaccidentesdetrafico.es/">abogados de accidentes</a> suele salir gratuita.</p>
<p>Recordamos tambi&eacute;n que ya se ha publicado el <a title="Baremo de accidentes de tr&aacute;fico 2011" href="http://www.baremo2011.es">baremo de accidentes de trafico de 2011</a> aunque&nbsp; a la mayor&iacute;a de los lesionados se les aplicar&aacute; el <a title="Baremo accidentes 2010" href="http://www.baremo2010.es">baremo de accidentes de 2010</a></p>
<p>&nbsp;</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-madrid-1168123" title="Abogados Accidentes de tráfico en Madrid">Abogados Accidentes de tráfico en Madrid</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>abogados</category>
				<category>abogados de accidentes</category>
				<category>accidentes</category>
				<category>indemnizacion</category>
				<category>madrid</category>
				<category>trafico</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-madrid-1168123#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/abogados-accidentes-trafico-madrid-1168123</guid>
		<pubDate>Wed, 16 Feb 2011 11:54:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Conflictos de intereses: víctima y contrario de la misma compañía.</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/conflictos-intereses-victima-contrario-misma-compania-243687</link>
		<description>
			<![CDATA[
				<p style='text-align:center'>
					<a href='http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/conflictos-intereses-victima-contrario-misma-compania-243687' title="Conflictos de intereses: víctima y contrario de la misma compañía."><img src='http://stc.obolog.net/multimedia/fotos/244000/243687/243687-334632_p.jpg' alt=''></a>
				</p>
			<p>Jam&aacute;s acepte que su compa&ntilde;&iacute;a aseguradora le asesore cuando el veh&iacute;culo causante del accidente est&aacute; tambi&eacute;n asegurado en su misma compa&ntilde;&iacute;a. Se trata de un comportamiento desleal que puede generar responsabilidad penal. En tal situaci&oacute;n existe un claro conflicto de intereses por el que probablemente su propia compa&ntilde;&iacute;a apoye la versi&oacute;n del accidente que menos le perjudica a ella.</p>
<p>Contrate siempre a un Abogado independiente. Tiene derecho a elegir al Abogado que desee con cargo a la cobertura de Defensa Jur&iacute;dica de su p&oacute;liza. Es decir, los honorarios que satisfaga al abogado que elija deber&aacute;n serle reintegrados por su compa&ntilde;&iacute;a. No est&aacute; obligado a ser defendido por un Abogado de su propia compa&ntilde;&iacute;a.</p>
<p>Pero si el accidente ha sido obra de un conductor asegurado en su misma compa&ntilde;&iacute;a, los abogados de dicha compa&ntilde;&iacute;a deben abstenerse por completo de asesorarle, pues podr&iacute;an incurrir en un delito de deslealtad profesional.</p>
<p>El ejemplo m&aacute;s t&iacute;pico de "asesoramiento desleal" se produce en el &aacute;mbito de los da&ntilde;os del veh&iacute;culo siniestrado. Las compa&ntilde;&iacute;as aseguradoras tienen entre s&iacute; conciertos de da&ntilde;os materiales, por virtud de los cuales cada compa&ntilde;&iacute;a asume el pago de los da&ntilde;os en el veh&iacute;culo de su asegurado, aunque el accidente haya sido culpa del contrario. Es ah&iacute; cuando su propia compa&ntilde;&iacute;a probablemente intentar&aacute; pagarle el menor dinero posible si se declara "Siniestro Total" (es decir, cuando el Valor de Reparaci&oacute;n supera al Valor Venal), omitiendo informarle convenientemente de sus derechos al respecto; a saber:</p>
<ul>
<li>Derecho al 100% del valor de reparaci&oacute;n, aunque dicho valor supere el valor venal (valor de mercado) de su veh&iacute;culo, siempre que dicho valor de reparaci&oacute;n no supere el valor de un veh&iacute;culo similar o igual al siniestrado en el mercado de segunda mano.</li>
<li>Derecho al valor venal incrementado en un tanto porciento suficiente como para acceder al mercado de segunda mano de veh&iacute;culos similares o iguales al siniestrado. Dicho valor se conoce como "Valor de Afecci&oacute;n" o "Valor de Utilidad" del veh&iacute;culo.</li>
</ul>
<p>No acepte jam&aacute;s el Valor Venal. Tiene derecho a m&aacute;s.</p>
<p>En&nbsp;<span style="text-decoration: underline;"><span style="color: #0000ff;"> <a href="http://www.indemnizacionporaccidente.com">www.indemnizacionporaccidente.com</a> </span></span>&nbsp;podr&aacute; acceder a la consulta gratuita de un abogado especialista en accidentes.</p>
<p>&nbsp;</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/conflictos-intereses-victima-contrario-misma-compania-243687" title="Conflictos de intereses: víctima y contrario de la misma compañía.">Conflictos de intereses: víctima y contrario de la misma compañía.</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>accidentes tráfico</category>
				<category>conflicto de intereses</category>
				<category>defensa accidentes trabajo</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/conflictos-intereses-victima-contrario-misma-compania-243687#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/conflictos-intereses-victima-contrario-misma-compania-243687</guid>
		<pubDate>Sat, 02 May 2009 19:30:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Costas procesales:</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/costas-procesales-243684</link>
		<description>
			<![CDATA[
			<p><strong>Los Juicios de Faltas sobre accidentes de tr&aacute;fico poseen la suficiente complejidad como para que sea imprescindible la intervenci&oacute;n de Abogado para que no se produzca indefensi&oacute;n de la v&iacute;ctima. Es necesario conocer e interpretar el llamado "Baremo" de indemnizaciones por da&ntilde;os personales, en los que existen multitud de peculiaridades que solo un profesional puede adaptar a las circunstancias concretas del damnificado.<br /><br />Por ello, las Costas (o gastos de defensa) deber&aacute;n ser satisfechos por el responsable del accidente y, en su caso, por su compa&ntilde;&iacute;a aseguradora, aunque en el proceso en donde recae la condena no sea legalmente obligatoria la intervenci&oacute;n de Abogado (como sucede en los Juicios de Faltas). <br /><br />Ese es el criterio mantenido por el Tribunal Constitucional en la Sentencia de 21 de mayo de 2003, si bien algunos Tribunales act&uacute;an con incomprensible desconocimiento de dicha doctrina, por decirlo muy suavemente. <br /><br />La Audiencia Provincial de Madrid se est&aacute; pronunciando en sinton&iacute;a con la l&iacute;nea mencionada del Tribunal Constitucional, estimado los Recursos presentados por abogados<a href="htpp://infoaccidentes.es//"> </a>contra la negativa de algunos Juzgados de Instrucci&oacute;n a practicar Tasaci&oacute;n de Costas en favor de la v&iacute;ctima (Auto de fecha 26/06/08 dictado por la Secci&oacute;n 23&ordf; en el Rollo de Apelaci&oacute;n 399/07). </strong></p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/costas-procesales-243684" title="Costas procesales:">Costas procesales:</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>accidentes</category>
				<category>costas procesales</category>
				<category>gastos legales</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/costas-procesales-243684#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/costas-procesales-243684</guid>
		<pubDate>Sat, 02 May 2009 19:27:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Consejos básicos en caso de accidente:</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consejos-basicos-caso-accidente-243676</link>
		<description>
			<![CDATA[
			<p><strong>1&ordm;.- Cuente con un Abogado</strong> <strong>que se haga cargo de absolutamente todos los tr&aacute;mites </strong>ante el Juzgado y frente a la compa&ntilde;&iacute;a aseguradora responsable del pago de la indemnizaci&oacute;n, para evitar errores de muy dif&iacute;cil reparaci&oacute;n posterior. <br /><br /><strong>2&ordm;.-</strong> <strong>Cuente con un Abogado independiente y ajeno a su Compa&ntilde;&iacute;a de Seguros </strong>para evitar posibles y frecuentes conflictos de intereses. Su Seguro de Defensa Jur&iacute;dica le da derecho a contratar al Abogado que quiera con cargo a su propia compa&ntilde;&iacute;a (no est&aacute; obligado a que le defienda el Abogado de su Seguro).<br /><strong><br />3&ordm;.- Presente denuncia siempre que haya sufrido lesiones</strong> (con o sin da&ntilde;os materiales), dentro de los <strong>SEIS MESES</strong> siguientes al d&iacute;a del accidente. (Recuerde el primer consejo y deje que sea su Abogado quien se encargue de la redacci&oacute;n e interposici&oacute;n de la denuncia).<br /><strong><br />4&ordm;.- </strong>Recuerde que <strong>la compa&ntilde;&iacute;a aseguradora del veh&iacute;culo "culpable" del accidente debe pagarle ABSOLUTAMENTE TODOS LOS DA&Ntilde;OS derivados del siniestro. <br /><br />5&ordm;.- No acepte jam&aacute;s una indemnizaci&oacute;n de da&ntilde;os y perjuicios sin antes haber consultado con un Abogado</strong> . (Recuerde que sus consultas en&nbsp;<a title="Indemnizaci&oacute;n Accidente" href="http://www.indemnizacionporaccidente.com">Indemnizacion Accidente</a> &nbsp;son gratuitas). <br /><strong><br />6&ordm;.- Guarde todos los documentos relacionados con lesiones o da&ntilde;os</strong> (documentos hospitalarios y asistenciales; facturas o presupuestos de reparaci&oacute;n del veh&iacute;culo y/o de los restantes objetos da&ntilde;ados en el siniestro). <br /><strong><br />7&ordm;.- Fotograf&iacute;e el veh&iacute;culo y/o el resto de los objetos y bienes da&ntilde;ados</strong> (mercanc&iacute;as, equipajes, ropas y enseres, etc). <br /><strong><br />8&ordm;.- No tema denunciar a un amigo o familiar,</strong> pues ello es impescindible para obtener un <strong>informe m&eacute;dico forense</strong> (gratuito e imparcial) con el que podr&aacute; luego basar su reclamaci&oacute;n exclusivamente contra compa&ntilde;&iacute;a aseguradora para el cobro de las indemnizaciones. <strong>La causa iniciada contra su amigo o familiar ser&aacute; archivada inmediatamente, sin clase alguna de perjuicio para &eacute;l, en el momento en que usted renuncie a las acciones penales.</strong> <br /><strong><br />9&ordm;.- </strong>Tiene derecho a que la aseguradora del responsable del accidente le pague <strong>intereses moratorios desde la fecha del accidente </strong>al tipo legal incrementado en un 50%. Si han transcurrido m&aacute;s de 2 a&ntilde;os, el tipo del inter&eacute;s es del 20% (Cons&uacute;ltenos los diferentes supuestos).<br /><strong><br />10&ordm;.- Si no est&aacute; conforme con la valoraci&oacute;n dada por el M&eacute;dico Forense (m&eacute;dico del Juzgado), debe impugnar judicialmente dicho informe</strong> , pidiendo nueva valoraci&oacute;n cr&iacute;tica a cargo de otro forense; asimismo puede encomendar un informe pericial privado a un especialista en medicina legal.</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consejos-basicos-caso-accidente-243676" title="Consejos básicos en caso de accidente:">Consejos básicos en caso de accidente:</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>consejos legales</category>
				<category>defensa accidentes trabajo</category>
				<category>defensa accidentes tráfico</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consejos-basicos-caso-accidente-243676#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consejos-basicos-caso-accidente-243676</guid>
		<pubDate>Sat, 02 May 2009 19:14:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Derecho a la historia clínica:</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/derecho-historia-clinica-243668</link>
		<description>
			<![CDATA[
				<p style='text-align:center'>
					<a href='http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/derecho-historia-clinica-243668' title="Derecho a la historia clínica:"><img src='http://stc.obolog.net/multimedia/fotos/244000/243668/243668-137887_p.jpg' alt=''></a>
				</p>
			<p>&nbsp;El <strong>Art&iacute;culo 4</strong> de la Ley 41/2002 define el <em>Derecho a la informaci&oacute;n asistencial del paciente:<br /><br /></em>1. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuaci&oacute;n en el &aacute;mbito de su salud, toda la informaci&oacute;n disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Adem&aacute;s, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La informaci&oacute;n, que como regla general se proporcionar&aacute; verbalmente dejando constancia en la historia cl&iacute;nica, comprende, como m&iacute;nimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervenci&oacute;n, sus riesgos y sus consecuencias.<br /><br />2. La informaci&oacute;n cl&iacute;nica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, ser&aacute; verdadera, se comunicar&aacute; al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudar&aacute; a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.<br /><br />3. El m&eacute;dico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la informaci&oacute;n. Los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una t&eacute;cnica o un procedimiento concreto tambi&eacute;n ser&aacute;n responsables de informarle.</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/derecho-historia-clinica-243668" title="Derecho a la historia clínica:">Derecho a la historia clínica:</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>abogados especialistas</category>
				<category>consentimiento informado</category>
				<category>errores médicos</category>
				<category>historia clínica</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/derecho-historia-clinica-243668#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/derecho-historia-clinica-243668</guid>
		<pubDate>Sat, 02 May 2009 19:08:00 +0100</pubDate>
	</item>
	<item>
		<title>Consentimiento informado:</title>
		<link>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consentimiento-informado-243662</link>
		<description>
			<![CDATA[
				<p style='text-align:center'>
					<a href='http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consentimiento-informado-243662' title="Consentimiento informado:"><img src='http://stc.obolog.net/multimedia/fotos/244000/243662/243662-334630_p.jpg' alt=''></a>
				</p>
			<p>Se define el consentimiento informado como la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades despu&eacute;s de recibir la informaci&oacute;n adecuada, para que tenga lugar una actuaci&oacute;n que afecta a su salud.<br /><br />Existe una abundante jurisprudencia en la que <strong>se hace responder a los profesionales sanitarios, a pesar de que utilicen la diligencia debida, cuando ha habido falta de informaci&oacute;n de los riesgos de una intervenci&oacute;n quir&uacute;rgica y de la posibilidad de tratamientos alternativos.</strong> <br />En la Sentencia del Tribunal Supremo de 31/07/1996 se habla del "incumplimiento de un deber m&eacute;dico fundamental, que figura en todos los C&oacute;digos Deontol&oacute;gicos, y que especialmente en este caso debi&oacute; de tenerse en cuenta. Si se trataba de una operaci&oacute;n considerada de alto riesgo, resultaba indispensable explicar a la enferma en qu&eacute; consist&iacute;a ese riesgo, y obtener previamente su autorizaci&oacute;n; consentimiento que debi&oacute; constar de una forma expl&iacute;cita, clara y concluyente, para que el facultativo no responda del acaecimiento del evento da&ntilde;oso, a&uacute;n en el caso de que se d&eacute; una ausencia de culpabilidad".<br /><br />El art&iacute;culo 8 de la Ley 41/2002 establece:<em><br /><br /></em>1. Toda actuaci&oacute;n en el &aacute;mbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que, recibida la informaci&oacute;n prevista en el art&iacute;culo 4, haya valorado las opciones propias del caso.<br /><br />2. El consentimiento ser&aacute; verbal por regla general. Sin embargo, se prestar&aacute; por escrito en los casos siguientes: intervenci&oacute;n quir&uacute;rgica, procedimientos diagn&oacute;sticos y terap&eacute;uticos invasores y, en general, aplicaci&oacute;n de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusi&oacute;n negativa sobre la salud del paciente.<br /><br />3. El consentimiento escrito del paciente ser&aacute; necesario para cada una de las actuaciones especificadas en el punto anterior de este art&iacute;culo, dejando a salvo la posibilidad de incorporar anejos y otros datos de car&aacute;cter general, y tendr&aacute; informaci&oacute;n suficiente sobre el procedimiento de aplicaci&oacute;n y sobre sus riesgos.<br /><br />4. Todo paciente o usuario tiene derecho a ser advertido sobre la posibilidad de utilizar los procedimientos de pron&oacute;stico, diagn&oacute;stico y terap&eacute;uticos que se le apliquen en un proyecto docente o de investigaci&oacute;n, que en ning&uacute;n caso podr&aacute; comportar riesgo adicional para su salud.<br /><br />5. El paciente puede revocar libremente por escrito su consentimiento en cualquier momento.<br /><br />El Art&iacute;culo 10 establece importantes precisiones para la validez del consentimiento del paciente, que versan sobre el contenido de la obligaci&oacute;n de informaci&oacute;n:<br /><br />1. El facultativo proporcionar&aacute; al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la informaci&oacute;n b&aacute;sica siguiente:<br /><br />a) Las consecuencias relevantes o de importancia que la intervenci&oacute;n origina con seguridad.<br /><br />b) Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente.<br /><br />c) Los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervenci&oacute;n.<br /><br />d) Las contraindicaciones.<br /><br />Solo se puede prescindir del consentimiento informado cuando existe un riesgo para la salud p&uacute;blica, o cuando existe un riesgo inmediato grave para la integridad f&iacute;sica o ps&iacute;quica del enfermo y no es posible conseguir su autorizaci&oacute;n. <br /><br />Fuera de estos casos, es preciso proporcionar toda la informaci&oacute;n disponible, y adem&aacute;s debe ser adecuada, verdadera y comunicada al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades.<br /><br />La relaci&oacute;n de causalidad debe establecerse en el incumplimiento del deber m&eacute;dico de informar y el resultado da&ntilde;oso, dado que el profesional puede privar a su cliente del derecho a decidir. En estos casos, la responsabilidad que se deriva de la obligaci&oacute;n de informar no puede desvanecerse por haber actuado el profesional de forma correcta o de acuerdo con la diligencia exigible. Se puede afirmar que solo cabr&iacute;a negar la indemnizaci&oacute;n cuando se pueda demostrar con absoluta seguridad que el paciente se hubiera sometido de todas formas a la intervenci&oacute;n, de igual manera que si hubiera sido perfectamente informado.<br /><br />No basta con una informaci&oacute;n y un consentimiento general, sino que es necesario para cualquier otra actuaci&oacute;n espec&iacute;fica, como pueden ser las relativas a tratamientos de car&aacute;cter postoperatorio cuando supongan riesgos para la salud.<br /><br />Los &uacute;ltimos pronunciamientos del Tribunal Supremo se muestran contrarios a admitir que la firma estampada sin m&aacute;s en un documento est&aacute;ndar, para intervenciones de un determinado tipo, pueda considerarse como cumplimiento.</p>			<p>
			Leer <strong><a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consentimiento-informado-243662" title="Consentimiento informado:">Consentimiento informado:</a></strong> en <a href="http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es" title="Como reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico">Indemnizaciones accidentes de tráfico</a>
			</p>
			 ]]>
		</description>
		<author>infoaccidentes</author>
				<category>abogados especialistas</category>
				<category>derecho sanitario</category>
				<category>errores médicos</category>
				<category>negligencias médicas</category>
				<comments>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consentimiento-informado-243662#formulario</comments>
		<guid>http://www.indemnizacionesaccidentesdetrafico.es/consentimiento-informado-243662</guid>
		<pubDate>Sat, 02 May 2009 18:48:00 +0100</pubDate>
	</item>
</channel>
</rss>
